Litigio Estratégico durante la Pandemia
La justicia es una de las necesidades sociales más relevantes. Difícilmente podemos imaginar una sociedad funcional con la justicia completamente detenida, toda vez que con[1] la suspensión de actividades dentro de la vida en sociedad, las razones para que los ciudadanos deban,[2] quieran y necesiten acudir ante la justicia siguen presentes. Los derechos humanos siguen patentes y la necesidad de protegerlos no desaparece[3] por una pandemia.
Incluso, debe recordarse que[4] antes de las jornadas de sana distancia, ya había situaciones sociales que ameritaban el que diversos ciudadanos desearan acudir ante la justicia. Desde planteamientos de menor relevancia y conflictos entre particulares de carácter familiar, civil y mercantil; hasta planteamientos de mayor magnitud relativos a delitos de alto impacto o incluso a planteamientos constitucionales sobre proyectos relevantes en el país y temas de interés público.
En este rubro, el llamado litigio estratégico ha consolidado la intervención de distintos abogados buscando realizar planteamientos cuya resolución va a fijar un criterio o una interpretación de un derecho, que será relevante para discernir, delimitar y fijar criterios en el futuro, enfocando dicho análisis en la tutela, respeto y promoción de los derechos humanos, ya sea bajo un enfoque nacional o en la protección a través de diversos tratados internacionales.
En torno al Litigio Estratégico, existen visiones tradicionales y otras más novedosas; de ellas podemos reunir que la principal herramienta es el juicio de amparo, en donde se plantean violaciones a derechos humanos. Sin embargo, en la práctica existen otras herramientas como las quejas ante los ombúdsmanes[5] , los planteamientos relacionados al derecho a la información y protección de datos personales, así como juicios de carácter electoral, entre otros.
No obstante, en el presente caso, dada la suspensión de labores por el sector público, el único mecanismo al que se ha recurrido es el Juicio de Amparo y es en este escenario que durante la pandemia se han realizado[6] distintos planteamientos contra los actos y omisiones de la autoridad [1].
Para muestra de ello dentro de estos destacan los siguientes: omisiones en la estrategia de salud contra el virus, omisión de brindar a los médicos los insumos necesarios para hospitales (ya sean públicos o privados), omisión de aplicar pruebas para la detección de COVID-19, omisión de generar condiciones para la protección de salud de las personas privadas de la libertad, omisión de informar adecuadamente sobre la pandemia, aplicación de la Guía Bioética de asignación de Recursos de Medicina Crítica, reasignación de personal médico a áreas donde se atiende y se trata el COVID-19, estigmatización por autoridades a portadores de COVID-19, entre otros.
Igualmente, no sólo[7] se ha tratado de la pandemia en sí misma, sino también en las consecuencias sociales y económicas que se han derivado de ella[8] , así como de las medidas tomadas en la misma; por lo cual, el litigio también ha rondado en estos otros temas: omisión de cumplir con el derecho al mínimo vital relacionado al agua potable, omisión de proveer alimentos a las personas que se han quedado sin trabajo o que se encontraban en situación de empleo informal, omisión de aplicar beneficios fiscales por la pandemia a los contribuyentes, reasignación del presupuesto federal hacia el sector salud, medidas para restricción de circulación de vehículos automotores en grandes ciudades, medidas de suspensión de actividades no esenciales, medidas administrativas contra personas que no respeten el resguardo domiciliario, prohibición de venta de bebidas alcohólicas, entre otros.
Claramente algunos de estos planteamientos han sido fructíferos ya sea porque se les concedió en su momento la suspensión provisional, la suspensión definitiva o la suspensión oficiosa y de plano, mientras que algunos otros no lo han sido puesto que se desecharon o se negó la suspensión y siguen en espera de su resolución definitiva [2].
No obstante, lo que debe ser tomado como punto de reflexión, es el hecho de que aun en una pandemia o cualquier otra situación crítica, las autoridades no pueden actuar de forma indiscriminada y sin tomar en consideración lo que se prevé en las normas, tanto sus obligaciones esenciales como la forma en la que puede actuar. Por lo cual, pese[9] a la reducción en el funcionamiento del Poder Judicial, los abogados han buscado mecanismos para buscar la protección de derechos propios y ajenos, con la finalidad de aportar un poco a la sociedad en el cómo se afronta a la propia pandemia [3].
Sin embargo, también se han generado diversas críticas, con motivo de esa parálisis propia de los Poderes Judiciales [4]. Éstas, han sido generadas principalmente porque aun con esta serie de temáticas que se han abordado, paradójicamente este tipo de herramientas no han sabido acercar la justicia al ciudadano común, como en los temas de pensiones alimenticias o quienes han sido víctimas de un hecho delictivo cuyo proceso penal está completamente paralizado.
El panorama actual, debe de servir como punto de partida para repensar la necesidad de justicia que se mantiene en el día a día de la vida en sociedad y también como proceso de reflexión para las autoridades en cuanto a que su actuación está vigilada por todos los ciudadanos, ya sea que se encuentren organizados a través de la sociedad civil o actuando de manera particular y aislada.
Finalmente, es gratificante el que cada día haya más participación de los abogados en el llamado Litigio Estratégico, que en su forma más pura se realiza de manera desinteresada y que en otros escenarios ha servido para fijar precedentes muy relevantes, algunos de ellos en los llamados Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
Esperemos que durante los próximos meses siga habiendo iniciativas ciudadanas de este tipo, no como elemento de politización de la justicia, sino como herramienta para que las autoridades tengan un estricto apego y respeto hacia las disposiciones legales y los derechos humanos tanto de los particulares en general, como también de quienes forman parte de algún grupo de especial protección como la niñez, mujeres víctimas de violencia y pueblos originarios.
[1]. Redacción (2020). A causa de pandemia se generalizarán los amparos contra actos de autoridad: Adrián P. Polanco. Publicado en La Jornada el 23 de mayo. Cfr. https://www.jornada.com.mx/ultimas/sociedad/2020/05/23/a-causa-de-pandemia-se-generalizaran-los-amparos-contra-actos-de-autoridad-adrian-p-polanco-5994.html
[2]. Palacios, Surya (2020). COVID-19 en los juzgados: esto han resuelto los jueces de Amparo. Publicado en Alto Nivel el 16 de abril. Cfr. https://www.altonivel.com.mx/actualidad/covid-19-en-los-juzgados-esto-han-resuelto-los-jueces-de-amparo/
[3]. Se ha debatido mucho sobre la conveniencia o no de la diversidad de Amparos y la empatía hacia una sociedad ávida de justicia. Por ejemplo: Hidalgo Flores, Héctor Iván (2020). Pandemia de Amparos. Publicado en el Blog Derecho en Acción del Centro de Investigación y Docencia Económicas, AC (CIDE) el 10 de abril. Cfr. http://derechoenaccion.cide.edu/pandemia-de-amparos/
[4]. Escoffié, Kalycho (2020). La parálisis del amparo. Publicado en Animal Político el 27 de abril. Cfr. https://www.animalpolitico.com/hojas-en-el-cenicero/la-paralisis-del-amparo/
Por: Joseph Irwing Olid Aranda
Licenciado en Derecho por la Universidad de Guadalajara, Consultor Jurídico, Defensor Público y Agente del Ministerio Público.
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